Este curso de Derecho Ecologico y otros cursos abiertos son brindados en su totalidad por la universidad Atlantic International University (AIU) como parte de la “ Iniciativa de Acceso Abierto ”. Esta iniciativa es consistente con la Misión y Visión de la universidad .
A través de esta iniciativa, la universidad Atlantic International University (AIU) busca eliminar las barreras que existen actualmente en el acceso a la educación, información y trabajos de investigación. La universidad AIU le da mucho valor e importancia al conocimiento y aprendizaje de los individuos y espera que este curso pueda tener una gran repercusión en las vidas de nuestros estudiantes y la humanidad en general alrededor del mundo, quienes tienen la inclinación natural hacia la búsqueda de nuevo conocimiento. Esperamos que este curso en Administración de la Pequeña y Mediana Empresa y otros cursos gratis , disponibles por parte de esta iniciativa de acceso abierto, permitan el avance y actualización a quienes lo deseen.
El curso de Derecho Ecologico contiene lo siguiente:
El curso de Derecho Ecologico puede formar parte de un programa de titilación abonando hasta tres créditos universitarios. Las lecciones del curso se pueden llevar en línea através de estudio a distancia. Los contenidos y el acceso están abiertos al publico en función de la iniciativa "Open Access" o "Acceso Abierto" de Atlantic International University. Participantes que desean recibir crédito y/o certificado de termino, deben registrarse como alumnos (Conocer mas de AIU Acceso Abrierto).
1.1. Conceptos Generales.
Lo primero que hay que hacer en el desarrollo del tema, es proporcionar una noción de lo que es el derecho ambiental, por tal se entiende:
“(_) el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismo vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos”.1
1.2. Economía y el Medio Ambiente.
Actualmente la humanidad se enfrenta a una crisis ecológica de gran magnitud. Problemas como el agujero en la capa de ozono, el incremento de gases de efecto invernadero, la pérdida de biodiversidad, el agotamiento de recursos tanto renovables como no renovables, la contaminación del suelo y del aire, entre otros, lo denotan. Tanto las administraciones como las instituciones científicas aceptan este hecho como incontrovertible. Los causantes de estos fenómenos lo son en grado diferente, y desigual es también el grado en que los afectados sufren sus consecuencias. Las emisiones de CFC (clorofluoro-carburo1), por ejemplo, se produjeron esencialmente en los países industrializados y sus efectos más severos se perciben y percibirán sobretodo en las zonas más cercanas a los polos; la cantidad de emisiones de gases de efecto invernadero correlaciona en gran medida con el nivel de renta de los países, que no tienen porqué ser los más afectados por los cambios drásticos en el clima ni por la subida del nivel del mar, etc.
1.3. Derecho y Medio Ambiente.
1.4. La Ecología, El Derecho y su Fundamento Legal del Derecho Ecológico.
1.5. Ubicación del Derecho Ecológico en las Ramas del Derecho.
1.6. Los Conceptos Técnicos Fundamentales.
2.1. Los Principios Fundamentales de la Ley del Equilibrio Ecológico y
Protección al Ambiente.
2.2. Carácter de las Disposiciones y Propósitos de la Ley General del
Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiental.
2.3. Facultades de la Federación.
2.4. Facultades de los Estados.
2.5. Facultades de los Municipios.
Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
I.- La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal;
II.- La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las leyes locales en la materia y la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no estén expresamente atribuidas a la Federación o a los Estados;
III.- La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas que funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, así como de emisiones de contaminantes a la atmósfera provenientes de fuentes móviles que no sean consideradas de jurisdicción federal, con la participación que de acuerdo con la legislación estatal corresponda al gobierno del estado;
IV.- La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y control de los efectos sobre el ambiente ocasionados por la generación, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 de la presente Ley.
2.6. Facultades del Departamento del Distrito Federal.
2.7. La Política Ecológica
2.8. Instrumentos de Control Ambiental.
3.1. Flora y Fauna.
3.2. Agua y Ecosistemas Acuáticos.
A) EL AGUA.
Es una sustancia abiótica la más importante de la tierra y uno de los más principales constituyentes del medio en que vivimos y de la materia viva. En estado liquido aproximadamente un gran porcentaje de la superficie terrestre está cubierta por agua que se distribuye por cuencas saladas y dulces, las primeras forman los océanos y mares; lago y lagunas, etc.; como gas constituyente La humedad atmosférica y en forma sólida la nieve o el hielo.
El agua constituye lo que llamamos hidrosfera y no tiene límites precisos con la
Atmósfera y la litosfera porque se compenetran entre ella. En definitiva, el agua es el principal fundamento de la vida vegetal y animal y por tanto, es el medio ideal para la vida, es por eso que las diversas formas de vida prosperan allí donde hay agua. Se entiende por ecosistemas acuáticos a todos aquellos ecosistemas que tienen por biotopo algún cuerpo de agua, como pueden ser ríos, lagos, pantanos y demás fuentes. Los dos tipos más destacados son: los ecosistemas marinos, y los ecosistemas de agua dulce. Así, genéricamente, el montante, variaciones y regularidad de las aguas de un río son de gran importancia para las plantas, animales y personas que viven a lo largo de su curso. La fauna de los ríos es de anfibios como: canutillos, gusarapos, caracodillos, negrillos, mejillones, y truchas.
3.3. Atmósferas.
3.4. El Suelo.
4.1. Educación.
La educación sobre cómo continuar el desarrollo al mismo tiempo que se protege, preserva y conserva los sistemas de soporte vital del planeta. Esta es la idea detrás del concepto de desarrollo sostenible. La educación es un proceso que incluye un esfuerzo planificado para comunicar información y/o suministrar instrucción, basado en los más recientes y válidos datos científicos al igual que en el sentimiento público prevaleciente, diseñado para apoyar el desarrollo de actitudes, opiniones y creencias que apoyen a su vez la adopción sostenida de conductas que guían tanto a los individuos como a grupos para que vivan sus vidas, crezcan sus cultivos, fabriquen sus productos, compren sus bienes materiales, desarrollen tecnológicamente, etcétera; de manera que minimicen lo más que sea posible la degradación del paisaje original o las características geológicas de una región, la contaminación del aire, agua o suelo, y las amenazas a la supervivencia de otras especies de plantas y animales.
4.2. Denuncia Popular.
4.3. Responsabilidad Legal por Delito Ecológico.
5.1. Segunda conferencia sobre el medio ambiente y el desarrollo celebrada en Río de Janeiro de 1992.
Se llevó a cabo en Rio de Janeiro, Brasil, del 3 al 14 de junio de 1992. En el capítulo 18 se ubicaron los acuerdos que se realizaron en materia de la protección al ambiente, siendo parte de ellos los contenidos siguientes:
Protección de la calidad y el suministro de los recursos de agua dulce: Aplicación de criterios integrados para el aprovechamiento, ordenación y uso de los recursos de agua dulce. Los recursos de agua dulce son un componente esencial de la hidrósfera de la tierra y parte indispensable de todos los ecosistemas terrestres. El medio de agua dulce se caracteriza por el ciclo hidrológico, que incluye las inundaciones y sequías, cuya consecuencias se han vuelto en algunas regiones más extremas y dramáticas durante los últimos anos. El cambio climático mundial y la contaminación atmosférica podrían también tener consecuencias para los recursos de agua dulce y su disponibilidad y, con la elevación del nivel del mar, poner en peligro las zonas costeras bajas y los ecosistemas de las islas pequeñas.
5.2. La Cooperación de la Responsabilidad Internacional del Ambiente. Cooperación Internacional para el Medioambiente.
5.3. Principales Acuerdos.
Examen: Curso Derecho Ecológico